Proteger a deportistas de carreras en municipios, propone Diputada.
Además, quien organizare carreras sin contar con la autorización del ayuntamiento, previo cumplimiento de los requisitos mínimos de seguridad, se haría acreedor a una sanción económica equivalente a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMAs).
Por último, las personas físicas o morales que, habiendo obtenido la autorización para la realización de carreras atléticas, no dieren o dejaren de dar cumplimiento a alguno de los requisitos a que se comprometieron al hacer su solicitud de autorización y esto pusiera en riesgo la vida o la integridad física de las y los participantes, se harían acreedoras a una sanción de 600 UMAs y, además, considerando la gravedad de la infracción cometida, no podrían tramitar otro permiso para organizar carreras.
La Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma las fracciones V y VI y adiciona los incisos a), b), c), d), e) y f) a la fracción VI y una fracción VII al Artículo 60 octies de la Ley Orgánica del Municipio Libre fue turnada a las comisiones permanentes unidas de Gobernación y de Juventud, Deporte y Atletas con Discapacidad.
Se adhirieron al proyecto el Grupo Legislativo de Morena, las diputadas Citlali Medellín Careaga, Maribel Ramírez Topete, Ruth Callejas Roldán y Arianna Guadalupe Ángeles Aguirre y los legisladores José Luis Tehuintle Xocua, Ramón Díaz Ávila, Bingen Rementería Molina y Juan Enrique Santos Mendoza.