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Plantean incorporar en la ley concepto “Violencia a través de interpósita persona”.

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En el Artículo 13 se prevé precisar que los gobiernos estatales y municipales y autoridades jurisdiccionales, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantizarán a las mujeres el derecho a una vida libre de violencia a través de interpósita persona, considerando para ello lo equiparable con la violencia familiar, para efectos de establecer acciones integrales e interseccionales.

En cuanto a los códigos Civil y Penal, se plantea que la conducta que uno o ambos padres, en proceso de separación o separados, ejerza sobre sus hijas e hijos, con el objeto de obstaculizar o destruir sus vínculos con alguno de ellos, se le llamará violencia a través de interpósita persona; derivadas de la utilización de las y los menores en el conflicto parental. Aunado a lo anterior, se describe a través de qué conductas se puede configurar dicho delito.

La diputada de Morena, Victoria Gutiérrez, expresó en la tribuna que la violencia por interpósita persona involucra la obligación del Estado Mexicano, y por ende, Veracruz, de proteger y garantizar los derechos humanos, la protección integral de niñas, niños y adolescentes, el interés superior de la infancia y adolescencia, la incorporación de la perspectiva de derechos humanos, género e interseccionalidad, y la implementación de medidas afirmativas y de protección para las personas en situación de vulnerabilidad o de desigualdad, como las personas adultas mayores o con discapacidad.

La iniciativa, a la que se sumaron los Grupos Legislativos de Morena, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y del Partido del Trabajo (PT), así como la diputada y el diputado de Movimiento Ciudadano (MC) Elena Córdova Molina y Adrián Sigfrido Ávila Estrada, fue turnada para su estudio y dictamen a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y Para la Igualdad de Género.

Procedente, incorporación del presidente municipal de Lerdo de Tejada.