Dictamina Comisión procedente la Ley de Obras Públicas para el estado.
*** Avala Comisión Permanente de Comunicaciones la iniciativa con proyecto de ley, propuesta por el diputado Alejandro Porras Marín el pasado 23 de enero.
Xalapa, Ver. – La Comisión Permanente de Comunicaciones del Congreso local dictaminó procedente la iniciativa, presentada el pasado 23 de enero por el diputado Alejandro Porras Marín, con proyecto de Ley de Obras Públicas para el estado cuyo objeto es regular la planeación, programación, presupuestación, ejecución, conservación, mantenimiento, demolición, gasto y control de las obras públicas; así como de los servicios relacionados con ellas, a fin de asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.
Los diputados José Ricardo Ruiz Carmona, Daniel Cortina Martínez y Urbano Bautista Martínez, presidente, secretario y vocal, respectivamente, de la citada instancia legislativa, exponen en el dictamen su coincidencia con el autor de la propuesta en relación a que las obras públicas y los servicios relacionados con ellas son un elemento indispensable para el óptimo funcionamiento del estado, ya que, por un lado mejoran la calidad de vida de los habitantes de la entidad y, por otro, incentivan la inversión privada y el comercio.
El dictamen refiere la necesidad de simplificar la normatividad y precisar las funciones de la Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas (SIOP) con el fin de agilizar los diversos proyectos en la materia.
El proyecto de ley se resume en ocho ejes rectores, que son: Simplificación a través de un nuevo cuerpo normativo; flexibilidad que permita la ejecución de proyectos de manera expedita; compras de equipos, materiales e insumos necesarios de forma temprana en beneficio de las obras y las finanzas públicas del estado; contratación por separado del proyecto ejecutivo o arquitectónico, la supervisión o la ejecución de la obra.
Además, procedimientos específicos abreviados para la atención de emergencias, riesgos, casos fortuitos o seguridad de la población; disposiciones de contratación emitidas por el Comité de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas en el ámbito del Poder Ejecutivo; interpretación administrativa de la Ley y la ejecución de la contratación de la obra pública del Poder Ejecutivo por parte de la SIOP.
Se dota a la SIOP de la facultad de establecer criterios administrativos para resolver desaveniencias que surjan durante la ejecución de los contratos; contribuyendo así a contrarrestar el abandono de proyectos, obras inconclusas y la tramitación de procedimientos ante instancias jurisdiccionales por la falta de tales criterios administrativos.